Otra vez … La justicia

Otra vez la Justicia causa indignación en el caso Ovejero

Santa Clara del Mar

El padre de Martin Ovejero, Guillermo, se mostró molesto por una aparente decisión de la justicia de permitir salidas transitorias a Sebastián Pérez, condenado por la muerte del joven santaclarense.

«El Juez Galarreta le concedió salidas transitorias al asesino de Martín, espero en éstos días el juzgado se comunique ya que me acabo de enterar por un medio de comunicación, supongo hubo un error al no notificarme, la justicia ya no puede faltarle el respeto a los familiares de víctimas. Siguen haciendo lo que quieren, si no respetan no me quedara otra alternativa que salir otra vez manifestandome desde Santa Clara del Mar a Buenos Aires, «ya no es por nosotros, es por todos». Pablo Sebastian Pérez fue condenado a 4 años y Medio de prisión. Gran parte de la Justicia Argentina colapsa en la vergüenza. Quedo a la espera», posteó en su cuenta de facebook.

Nuevamente, la indignación y la tristeza invade al pueblo de Santa Clara del Mar por el mal funcionamiento de la Justicia.

Efectivamente, en octubre del 2019, la Jueza Correccional Jorgelina Caamadro le impuso a Pérez la pena de cuatro años y medio de prisión como autor del delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo y por culpa temeraria, algo que ratificó un año después laSala Segunda de Cámara de Apelación y Garantías.

El automovilista, sin embargo, pudo gozar de un beneficio de excarcelación y recién a mediados del 2021 comenzó a cumplir su condena en una cárcel común, después de que la misma magistrada revocara la medida que lo había beneficiado.

El caso de Ovejero tomó trascendencia nacional en 2020 cuando, en plena pandemia del coronavirus, Guillermo, el papá de Martín, realizó una caminata hasta la Casa Rosada para reclamar que el hombre que mató a su hijo fuera preso.

A toda velocidad

El 27 de julio del 2017, Pablo Pérez manejaba a una velocidad superior a lo permitida en su Peugeot 207 cuando rozó la rotonda del kilómetro 495 de la ruta 11, cruzó de mano e impactó la motocicleta en la que se desplazaba Martín Ovejero causándole la muerte de manera casi instantánea.

Para resolver la condena, la Justicia tuvo en cuenta la pericia accidentológica que confirmó que el auto circulaba a 122 kilómetros por hora al momento del contacto inicial con la rotonda que derivó en un trompo y en el impacto a la motocicleta, cuando la velocidad máxima permitida en el lugar es de 40 kilómetros por hora.

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